A partir del primer minuto de este viernes entraron en vigor las reformas a la Ley General de Salud que prohíben la producción, comercialización y uso de cigarrillos electrónicos y vapeadores en todo el territorio nacional, tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El decreto establece que queda prohibida la adquisición con fines de comercialización, preparación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, incluidos los desechables o de un solo uso.
Las reformas contemplan sanciones penales para quienes incumplan la disposición. De acuerdo con el artículo cuatrocientos cincuenta y seis del decreto, las penas pueden alcanzar hasta ocho años de prisión, además de multas equivalentes de cien a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Los cambios fueron aprobados en diciembre pasado por legisladores de Morena, luego de que la oposición no reuniera los votos necesarios para frenarlos y advirtiera sobre el riesgo de la creación de un mercado negro.
En el Senado de la República, el pleno avaló la minuta sin modificaciones. Durante el último día del periodo ordinario de sesiones, la bancada mayoritaria no dispensó el trámite de dictaminación en comisiones, con el argumento de evitar una posible impugnación por violaciones al procedimiento legislativo.
En la votación en lo general, el dictamen fue aprobado con setenta y seis votos a favor y treinta y siete en contra, para posteriormente dar paso a la discusión en lo particular, con lo que quedó firme la prohibición que ahora ya es vigente en todo el país.

