Inspectores violaron recurso de Uber para no ser infraccionados y ahora tienen que regresar 206 multas

*Uber tramitó un incidente por exceso o defecto en el cumplimiento dentro de la suspensión de un Juicio de Amparo, por lo que se deberá esperar a una sentencia definitiva que termine si concede o no el amparo a la empresa.

La empresa de transporte digital UBER logró demostrar ante el Poder Judicial de la Federación que, desde el 18 de noviembre del 2021 a la fecha los inspectores de transporte del municipio de Los Cabos violaron una suspensión definitiva que otorgó un juez federal a la empresa en lo que se resuelve el juicio de amparo 1034/2021.

Mientras llega una sentencia definitiva al Juicio de Amparo, Uber promovió un incidente por exceso o defecto en el cumplimiento de la suspensión definitiva, ya que los inspectores de transporte no respetaron la medida cautelar que fue concedida a Uber en noviembre del 2021 y los siguieron multando pese a que los choferes la mostraron a los inspectores al momento de ser infraccionados.

La suspensión definitiva con la que cuenta Uber y que no fue respetada, tiene como efecto no impedir la prestación de servicio de transporte privado a pasajeros a través de la plataforma.

En la sentencia interlocutoria en poder de HOY BCS señala que hubo 206 multas emitidas a choferes de UBER y el juez federal declaró que, sí existe violación a la suspensión definitiva, es decir, quedó demostrado que las autoridades responsables continuaron emitiendo multas después del dictado de la suspensión definitiva y ahora tendrán regresar las multas.

Dentro de la sentencia, exhibieron que el inspector municipal de transporte Carlos Higuera Amarillas, actuó “evidentemente de manera negligente y desafiante a una determinación judicial” cuando una conductora le mostró el documento, y que, de seguir así se le impondrá una multa.

Se ordenó a las autoridades del Gobierno de Los Cabos que en las primeras 24 horas después de su notificación no impidan la prestación de servicio de plataformas digitales, en caso de no cumplir serán denunciados al Ministerio Público de la Federación por el delito que establece la fracción III del artículo 262 de la Ley de Amparo, que se castiga hasta con 9 años de prisión.

Grace Gámez
Grace Gámez
Lic. en Comunicación y Publicidad, egresada de la Universidad de Tijuana. Contadora de hechos, choyera, curiosa, preguntona y alegre. Apasionada de las luchas sociales, las buenas pláticas y los gatitos. Para mí, el periodismo es la herramienta de la sociedad que debe ejercerse con responsabilidad y credibilidad.

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