JUNTA ESTATAL DE CAMINOS: SIN ATRIBUCIONES PARA INHABILITAR EL CAMINO COSTERO

En abril de 2023, el Instituto Municipal de Planeación de Los Cabos, fue contundente:

LA JUNTA ESTATAL DE CAMINOS NO TIENE ATRIBUCIONES PARA INHABILITAR, CERRAR O DEJAR EN DESUSO UN CAMINO VECINAL.

No fue una opinión a la ligera.

Para llegar a dicha conclusión, en IMPLAN hizo un análisis jurídico de las facultades y atribuciones de la Junta Estatal de Caminos con base al REGLAMENTO INTERIOR DE LA JUNTA ESTATAL DE CAMINOS DE BAJA CALIFORNIA SUR, publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado el 20 de marzo de 2016.

Y es que mientras los individuos tienen plena libertad de hacer todo aquello que la ley no le impida, las instituciones solo pueden hacer lo que la ley les marque.

En ese sentido, a manera de resumen, el IMPLAN encontró que la Junta Estatal de Caminos tiene las siguientes facultades:

ARTICULO 2.- La Junta Estatal de caminos de Baja California Sur tendrá por objeto llevar a cabo acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, ejecución, conservación y mantenimiento de la infraestructura carretera, derivada de los programas convenidos, para lo cual tendrá las siguientes funciones:

I.- Elaborar los proyectos de programas anuales de inversión de obras en materia de caminos convenidos en el Gobierno Federal.

II.- Realizar los estudios y proyectos para la construcción, reconstrucción, conservación y señalamiento de las obras a que se refiere la Fracción anterior, conforme a las normas técnicas establecidas.

III.- Ejecutar las acciones tendientes a la construcción, reconstrucción, modernización y conservación de los caminos que se deriven de los programas convenidos.

IV. Supervisar que las obras se ejecuten conforme a las normas, especificaciones, proyectos y Programas aprobados y, en su caso conforme a los estipulado en los contratos de obra.

V. Vigilar que se respete el derecho de vía e intervenir en el otorgamiento de las autorizaciones para la ejecución de obras dentro del derecho de vía o para la instalación de servicios conexos o auxiliares de transporte.

IX. Convenir con las dependencias y entidades de los Gobiernos Federales Estatal y Municipal, e Instituciones y Organismos de los sectores social y privado la construcción, ampliación, conservación y mantenimiento de obras y vías de comunicación de jurisdicción estatal.

Ante ello, el IMPLAN concluye en su análisis:

“… de acuerdo a su Reglamento, la Junta Estatal de Caminos de Baja California Sur tiene por objeto llevar a cabo acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, ejecución, conservación y mantenimiento de la infraestructura carretera y atribuciones para ejecutar las acciones tendientes a la construcción, reconstrucción, modernización y conservación de los caminos que se deriven de los programas convenidos; convenir con las dependencias y entidades de los Gobiernos Federales Estatal y Municipal, e Instituciones y Organismos de los sectores social y privado la construcción, ampliación, conservación y mantenimiento de obras y vías de comunicación de jurisdicción estatal, entre otras; POR LO QUE NO SE ADVIERTE ATRIBUCIÓN ALGUNA PARA “DECLARAR FORMAL Y JURÍDICAMENTE INHABILITADO” “CIERRE” O “DEJAR EN DESUSO” CUALQUIER CARRETERA O CAMINO DE LA RED ESTATAL DE CARRETERAS DEL ESTADO DE B.C.S.

Y agrega:

“Es importante destacar que el H. Ayuntamiento de Los Cabos SI CUENTA CON FACULTADES PARA AUTORIZAR LA MODIFICACIÓN DE LOS CAMINOS y servidumbres de paso con fundamento en el Reglamento de Caminos Vecinales en el Municipio de Los Cabos, mismo que en su numeral 39 establece la regla prohibitiva de “Cerrar, obstruir o estrechar algún camino rural en desuso, con excepción que por Acuerdo de Cabildo lo considere pertinente y que lo justifique debidamente debiendo quedar asentada una consulta obligatoria con todos los propietarios de los predios afectados.”

“En ese sentido, es pertinente señalar que NINGÚN REPRESENTANTE LEGAL O AUTORIDAD DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS PARTICIPAN NI SUSCRIBEN NINGUNO DE LOS ACTOS CELEBRADOS ENTRE EMPRESAS PRIVADAS Y LA JUNTA ESTATAL DE CAMINOS DE BAJA CALIFORNIA SUR DONDE SE MANIFIESTA EL “CIERRE”, “DECLARACIÓN FORMAL Y JURÍDICA DE INHABILITADO” Y “DEJAR EN DESUSO” EL CAMINO COSTERO A CABO DEL ESTE.

“Y de acuerdo a la investigación documental realizada, en los expedientes de la Secretaria General y las publicaciones del Boletín oficial del Gobierno del Estado de B.C.S. NO EXISTE NINGÚN ACUERDO DE CABILDO DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS QUE AUTORICE EL CIERRE, OBSTRUCCIÓN, ESTRECHAMIENTO O MODIFICACIÓN DEL CAMINO COSTERO A CABO DEL ESTE”.

Esta información forma parte de los anexos que el 10 de octubre de 2024 el IMPLAN entregó a la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano previo a la aprobación de la Tercera Actualización del Plan de Desarrollo Urbano 2040.

Recapitulemos:

Si ya se expuso que el juicio de amparo promovido por un desarrollador y que servía de justificante de la mayoría del Cabildo del XV Ayuntamiento para dejar en desuso 3.9 km del camino costero FUE DECLARADO IMPROCEDENTE.

Si la Junta Estatal de Caminos NO TENÍA FACULTADES para realizar el proceso que se hizo de 2006 a 2016 para inhabilitar el camino costero y sustituirlo por un bulevar pavimentado.
Y si ante autoridad municipal que la ley si le faculta realizar modificaciones al camino costero, NUNCA SE INICIÓ EL PROCEDIMIENTO.

¿DE DÓNDE SE VA A SOSTENER LO DEL CIERRE Y DESUSO DEL CAMINO COSTERO EN EL DICTAMEN DE CONGRUENCIA QUE EMITA SOBRE EL LA ACTUALIZACIÓN DEL PDU EL GOBIERNO DEL ESTADO?.

Ángel Mora Rojo
Ángel Mora Rojo
Reportero, periodista de investigación, analista y asesor en estrategias de comunicación. Creo en la comunicación como medio para prevenir y resolver cualquier conflicto y en el periodismo y la información como la más poderosa herramienta para conformar una sociedad moderna, incluyente y democrática y sobre todo contra cualquier tipo de abuso de poder público o privado. NO SE MATA LA VERDAD MATANDO PERIODISTAS.

Artículos similares

Comentarios

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Últimas noticias