En la primera entrega de este trabajo periodístico comentaba que, en el marco de la sesión extraordinaria de Cabildo del 17 de enero, donde la mayoría de alcalde, síndica y regidores aprobaron el plan maestro del mega desarrollo turístico de “El Tule”, en el corredor turístico Cabo San Lucas-San José del Cabo, la regidora Petra Juárez, al posicionar su voto en contra señaló dos puntos.
Ayer me enfoqué en la pretendida intensión de la modificación de un tramo de la carretera del corredor turístico que menciona el dictamen sobre el plan maestro elaborado por la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano, donde se señala que la aprobación del plan maestro no significaba la autorización para el desarrollador en torno a la modificación del trazo carretero, ya que la autoridad municipal carece de facultades para ello.
https://hoybcs.com/mega-desarrollo-el-tule-bajo-la-lupa-parte-1-no-al-nuevo-trazo-carretero-3-0/
En esta entrega, desglosaré el otro punto señalado por la regidora:
-EL PROYECTO NO ES ESPECÍFICO EN CUANTO A LAS ÁREAS DE DONACIÓN A LAS QUE ESTÁN OBLIGADOS TODOS LOS DESARROLLOS TURÍSTICOS E INMOBILIARIOS PARA EQUIPAMIENTO URBANO.
Sobre el punto, en el dictamen de la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano donde propone la aprobación del plan maestro, se lee en el punto 8:
“Que el plan maestro del desarrollo presentado NO CONTEMPLA EXPLICITAMENTE LAS AREAS DE DONACIÓN obligatorias establecidas en los artículos 74 y 74 BIS de la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Baja California Sur, relativas a la cesión de superficies para las vías públicas, infraestructura urbana y equipamiento urbano, dichas áreas son fundamentales para garantizar el desarrollo urbano ordenado y el bienestar social, por lo que esta omisión puede ser subsanada ante la Dirección General de Desarrollo Urbano, conforme la normativa aplicable”.
Y agrega:
“En su caso el promovente podrá optar por la celebración de un convenio de pago en efectivo equivalente al valor de la donación, conforme al avalúo del Instituto Mexicano de Valuación de Baja California Sur, sujeto a la aprobación del Honorable Cabildo.
Es decir, la comisión es clara en señalar que no se sabe donde están las áreas de donación, pero que no hay bronca por que la ley permite que el desarrollador pague el terreno en cuestión, en lugar de donarlo.
Ahora bien, de acuerdo a las leyes y reglamentos aplicables, a el Desarrollo Turístico Integral El Tule, le correspondería donar el 10% del área lotificable vendible, que se marca para proyector con más de 15 mil m2, ya que según el dictamen el desarrollo tiene una superficie total de 7 millones 200 mil metros cuadrados o 720 hectáreas.
Sobre este punto, en la misma sesión, la regidora fue tajante en su posicionamiento:
“RESULTA IMPROCEDENTE LA OMISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL ÁREA DE DONACIÓN correspondiente como lo establece el artículo 74 y 74 BIS de la Ley General de Desarrollo Urbano, ya que ES INCONGRUENTE QUE NI SIQUIERA EXISTA UN DICTAMEN TÉCNICO DEL ÁREA DE DONACIÓN que corresponde para este caso en particular”.
“Y TAMPOCO SE CONTEMPLA TAL ÁREA EN EL POLÍGONO DE LAS HECTÁREAS EN SU TOTALIDAD, ya que TODOS LOS TRAZOS MARCADOS EN CADA PREDIO DE DICHO POLÍGONO YA SE ESTÁN CONTEMPLANDO DIVERSOS PROYECTOS incluyéndolos dentro de lo que correspondería el área de donación respectiva, cuando aún no se ha resuelto bajo que términos legales se dará cumplimiento a este requerimiento”. (Es decir, en el croquis o mapa del proyecto, ya todo esta repartido y no habría lugar para el área de donación).
“Además de que en el dictamen presentado SE DA POR HECHO QUE EL PROMOVENTE PODRÁ OPTAR POR LA CELEBRACIÓN DE UN CONVENIO DE PAGO EN EFECTIVO EQUIVALENTE AL VALOR DE LA DONACIÓN… cuando NI SIQUIERA SE HA HECHO UNA EVALUACIÓN DE LA VIABILIDAD DE OPTAR POR ESE RECURSO DE CUMPLIMIENTO para el área de donación, ya que primero corresponde evaluar las necesidades que actualmente tiene este Municipio y poder determinar lo más viable para la ciudadanía y así resolver el recurso más factible para este cumplimiento del área de donación”.
En pocas palabras lo que la regidora dice es que en todo el plan maestro, no se sabe cuales serán las áreas de donación ya que en el propio plan maestro aprobado ya todos los predios están marcados para algún elemento del proyecto como hoteles, residencias y campo de golf, por lo que es imposible calcular el pago que debería hacer el desarrollador correspondiente al área de donación.
¿Cómo calcular el valor de algo que no se sabe que es?.
A lo planteado por la regidora sólo agregaría el antecedente que ha significado el “pago en especie” de pagos de donación en el caso de desarrollos, ha derivado en denuncias de presuntos actos de corrupción en contra de ex titulares de la Sindicatura Municipal por obtener menos dinero por el predio en cuestión con base a su valor real.
Es decir aunque la medida es legal, en su aplicación ha generado afectaciones al patrimonio público.
El plan maestro DTI el Tule, que además fue incluido fuera de tiempo en la tercera actualización del PDU, ya fue aprobado por la mayoría de Cabildo.
Lo que queda es estar al pendiente en cuanto que el pago que se haga de las áreas de donación sea realmente equivalente al valor del predio, y sobre todo que no signifiquen un daño al patrimonio público.
Sobre el Tule hay más, mañana seguimos.