Profepa clausura seis proyectos inmobiliarios por obras ilegales en Cabo Pulmo

Los Cabos, Baja California Sur.– Un operativo de inspección ambiental realizado por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) derivó en la clausura temporal total de seis desarrollos inmobiliarios que realizaban obras sin autorización en el área del Parque Nacional Cabo Pulmo.

Las acciones se llevaron a cabo del 16 al 25 de febrero con apoyo de elementos de la Guardia Nacional, tras denuncias ciudadanas sobre posibles afectaciones ambientales en la zona costera de Los Cabos, dentro y en las inmediaciones del polígono del área natural protegida.

Durante los recorridos se inspeccionaron ocho sitios. En seis de ellos se impuso clausura temporal total al detectarse obras y cambios de uso de suelo sin autorización federal en materia de impacto ambiental.

Los desarrollos clausurados fueron identificados como “The Last Place”, con una superficie de 1.19 hectáreas; “La Ribera”, con 1.12 hectáreas; “Costa Coral”, con 24.9 hectáreas; un desarrollo sin nombre con 15.7 hectáreas; “Club de Playa Las Barracas”, con 14.2 hectáreas; y otro predio cercado de aproximadamente 0.23 hectáreas.

De acuerdo con la autoridad ambiental, en estos predios se detectó delimitación con cercas o bardas, obras en proceso y cambios de uso de suelo en terrenos forestales con vegetación de matorral sarcocaule, ecosistema característico de Baja California Sur, sin contar con autorización de impacto ambiental.

En los dos sitios restantes no se identificaron obras o actividades de competencia federal, por lo que únicamente se levantaron actas circunstanciadas.

El Parque Nacional Cabo Pulmo fue decretado el 6 de junio de 1995 y abarca una superficie de 7,111 hectáreas terrestres y marinas. Es considerado el único sistema arrecifal del Mar de Cortés y está reconocido como Patrimonio Mundial por la UNESCO.

La titular de la Profepa, Mariana Boy Tamborrell, señaló que en este ecosistema no se permitirán proyectos al margen de la ley y que cualquier obra debe someterse previamente al procedimiento federal de evaluación de impacto ambiental.

Las personas inspeccionadas tendrán cinco días hábiles para presentar argumentos o documentación ante la autoridad ambiental. Posteriormente, la Profepa determinará las sanciones administrativas correspondientes y, en su caso, podrá ordenar la restitución de los terrenos a su estado original.

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