Exigimos mucho a las víctimas, urge armonización en prescripción de delitos sexuales en BCS: abogada

*La consejera estatal de Derechos Humanos, Charlene Ramos hizo un llamado al Congreso del Estado para que armonicen y quiten legislaciones retrogradas y violatorias de derechos humanos.

El silencio ya no es una opción y cada vez es más entendido en las víctimas de violencia de género. Desafortunadamente, el sistema legal no contempla como tal, el proceso distinto que lleva cada víctima y la prescripción de delitos sexuales en Baja California Sur son de un año, es decir; sí una víctima decide denunciar después de que haya expirado ese plazo, ya no procede.

La abogada y consejera Estatal de Derechos Humanos, Charlene Ramos explicó en entrevista que, es urgente que el Congreso del Estado haga una armonización legislativa no sólo para proteger a las víctimas, sino también para quitar legislaciones retrogradas y violatorias en derechos humanos.

“Antes las prescripciones eran grandes, ahorita tenemos una prescripción baja, tenemos que mejorar el sistema legislativo para proteger mejor a las víctimas, es indispensable, pero no es suficiente; necesitamos ir más allá, trabajar en la educación de la sociedad para que sepan actuar, le queremos cargar todo a la víctima cuando está en una etapa de traumatismo”, dijo.

En el Artículo 114 del capítulo X del Código Penal de Baja California Sur, señala que, *“la pretensión punitiva que surja de un delito que sólo puede perseguirse por querella del ofendido, prescribirá en un año, contado a partir del día en el que quienes pueden formular la querella, tengan conocimiento del hecho ilícito y en tres años fuera de esta circunstancia*”.

*“Una vez cumplido el requisito de procedibilidad dentro del plazo antes mencionado, la prescripción seguirá corriendo según las reglas para los delitos perseguibles de oficio*”.

La abogada destacó que, cuando una mujer es víctima de delitos contra la libertad sexual suele permanecer por un tiempo indefinidito en shock y por diversos factores no acude a denunciar ante el Ministerio Público; las acciones de la víctima en muchas ocasiones le dan facilidades al agresor por el borrado de evidencias, y ese es uno de los factores por lo que las denuncias deben ser inmediatas.

Detalló que pesar de que el sistema legal aún es precario en ese aspecto se han tenido avances. El Artículo 29 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en Baja California Sur señala que, *“Quien en ejercicio de funciones públicas tenga conocimiento de la probable existencia de un hecho que la ley señale como delito en contra de una mujer o una niña, está obligado a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Público, proporcionándole todos los datos que tuviere, poniendo a su disposición a la persona imputada, si hubieren sido detenida en flagrancia. Quien tenga el deber jurídico de denunciar y no lo haga, será acreedor a las sanciones correspondientes*”.

Para finalizar, enfatizó en la necesidad de la educación de la sociedad sobre la actuación ante estos delitos, principalmente para brindar a las víctimas una expectativa de justicia real, ya que una denuncia no es suficiente para condenar al agresor pues se necesitan otros elementos de prueba, mismos que a veces son eliminados por las mismas victimas sin estar conscientes de ello.

Grace Gámez
Grace Gámez
Lic. en Comunicación y Publicidad, egresada de la Universidad de Tijuana. Contadora de hechos, choyera, curiosa, preguntona y alegre. Apasionada de las luchas sociales, las buenas pláticas y los gatitos. Para mí, el periodismo es la herramienta de la sociedad que debe ejercerse con responsabilidad y credibilidad.

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