Al resolver el Juicio de la Ciudadanía 04 de la anualidad, el Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur (IEEBCS) ordenó a la Comisión Municipal de Consulta Ciudadana del Ayuntamiento de La Paz el registro de Élida Mateo Benita como candidata a delegada de Pescadero.
Élida Mateo Benita, que se auto adscribe como persona indígena, demandó la negativa de su registro como candidata a delegada de El Pescadero, denunciando un acto d discriminación por parte de autoridades municipales.
Élida Mateo argumentó al TEEBCS que la negativa de su registro como candidata se encuentra indebidamente fundada y motivada, porque la Convocatoria no establecía ninguna restricción para que el registro pueda realizarse en diversos intentos de entrega de documentos y la misma no contemplaba un plazo para subsanar errores u omisiones.
También agregó en su demanda que el requisito de antidoping es una restricción desproporcional al ejercicio del derecho pleno a ser votado, es contrario a la certeza jurídica y vulnera los derechos de privacidad de la persona.
“El TEEBCS revocó la negativa de registro como candidata de la actora y ordenar a la autoridad responsable pronunciarse nuevamente sobre la solicitud de registro”, concluye la sentencia.
En su resolución sobre este Juicio de la Ciudadanía el TEEBCS consideró que los agravios de la actora son fundados y suficientes para revocar el acto impugnado.
“En primer término, porque las consideraciones formuladas por la autoridad responsable se estiman que resultan restrictivas y violatorias de los derechos político-electorales, toda vez que no se garantizan las disposiciones Constitucionales y Convencionales del derecho a votar y ser votado”, se leyó en el proyecto en sesión pública.
“Ello, porque la Convocatoria no prohíbe presentar más de una solicitud de registro, dentro del mismo plazo para su presentación, máxime si ello se realizó con motivo de que no se le otorgó un plazo mínimo para subsanar algún error o falta de documentación”, añade la instancia.
Por otra parte sobre la negativa de registro por la falta del requisito de presentar antidoping, el TEEBCS resolvió que es contrario al principio de legalidad ya que su estructura genera inseguridad e incertidumbre jurídica debido a que la convocatoria para elección de delegada de Pescadero no precisa ni pormenoriza estos detalles.
“En dicho requisito sólo se estableció un examen de laboratorio de cinco elementos, pero no se precisó: una lista de sustancias prohibidas, no se especifican los elementos que habrán de ser analizados; no está claro si sólo se considera relevante la presencia de sustancias legalmente y/o penalmente prohibidas”, recalcó el TEEBCS.