Pobreza laboral, un desaire legislativo crítico / Por Adrián de la Rosa

El Salario cada vez alcanza menos para cubrir las necesidades básicas de un núcleo de familia. La normativa vigente que protege al salario en materia laboral por un error de diseño legislativo, no protege al grueso de las personas trabajadoras, todas ellas identificables por percibir más del salario mínimo general y contratarse de manera individual.

Mientras el 73% de las Personas obreras y obreros de México ?? carecen de algún tipo de protección normativa o institucional que les proteja contra los efectos de la terrible crisis inflacionaria, el Ejecutivo Federal se otorga un incremento de varios miles de pesos en sus percepciones.

Según datos de INEGI Informa solo el 27% del total de trabajadores formales tiene como ingreso el salario mínimo, el cual solo se vio incrementado en el 4.5% este año, mientras que la inflación rebasó el 8.2% apenas al mes de agosto de 2022.

Sin embargo aquellas personas trabajadoras que perciben como ingreso más del salario mínimo, no tienen derecho a revisar su salario, ni tampoco sus prestaciones; debido a que la Ley Federal del Trabajo solo reserva esta posibilidad a los trabajadores de contrato colectivo (10% del total de trabajadores formales según la STyPS).

Estamos diciendo que el 73% de las personas trabajadoras formales no tuvieron, ni han tenido históricamente la posibilidad de defenderse contra los efectos de la inflación, generándose así una puerta con destino a la pobreza o pobreza extrema, por falla en el diseño normativo laboral y por descuido en las políticas públicas históricas de las que también han sido excluidos contradiciendo lo establecido en el artículo 26o de la constitución vigente.

Así es, por increíble que parezca, la gran mayoría de las personas trabajadoras formales no solo se encuentran desprotegidas contra los terribles efectos inflacionarios, sino que no existe autoridad alguna que lleve registro de sus contratos de trabajo o seguimiento de sus capacidades o desarrollo de sus progresos productivos, dado que son ignorados totalmente también en el diseño de políticas públicas en materia laboral; así el estado no cuenta con información confiable sobre ellos; a menos que (salvo prueba en contrario), se pertenezca a un sindicato titular de contrato colectivo de trabajo.

Por su parte el IMSS solo cuenta con el registro de las altas de estas personas trabajadoras que, por norma, tiene reservada la exclusividad de su registro al empleador, quien unilateralmente les registra con un salario el cual, la Persona trabajadora no tiene normativamente la posibilidad de validar y que no necesariamente es el salario real.

Son incontables en lo histórico, las malas prácticas sobre este tema y los efectos nocivos se extienden sobre otros derechos humanos como son acceso a vivienda, sistemas de retiro o incapacidades. Sus conocidos efectos no nos deben hacer olvidar que, la materia laboral es en esencia de derecho público (artículo 5o de la Ley Federal del Trabajo), ello obliga positivamente al Gobierno Federal y de manera concurrente al de las Entidades Federativas, a mantener políticas permanentes de supervisión y vigilancia de los estándares de calidad y de dignidad en el trabajo; los que lamentablemente se han vuelto en el mejor de los casos, la oportunidad para que los inspectores laborales incurran en diversas prácticas de corrupción, también bien identificadas, que poco a poco iremos exhibiendo.

Ese es el contexto, de incumplimiento en el sector privado mayormente influenciado de manera histórica, funcional y sistemática por las malas prácticas de los funcionarios públicos, cuando no por el olvido gubernamental de esta materia. Ahora bien, uno pensaría que con tales exigencias y extorsiones contra la iniciativa privada, las relaciones laborales en el sector público deberían ser un ejemplo a seguir en tratándose de dignidad laboral y calidad en el servicio; pero no, muy lejos estamos de esos escenarios.

Las peores formas de discriminación laboral, las practica el Estado en sus tres niveles de gobierno, en su división de poderes y otras formas en que el estado se representa; quizá por ello el cinismo de arrogarse un incremento en sus percepciones del Presidente de la República, en medio de la nariz de aquellas sufridas familias de personas trabajadoras formales. “Una raya más al tigre” se podría decir en el contexto actual.

Total, parece que nadie se da cuenta, como siempre se ha desprotegido a las personas trabajadoras de los efectos inflacionarios, debido a un diseño legislativo en su momento creado para subvenir necesidades de una economía cerrada de los años setenta; por ello, en pleno 2022, seguramente se piensa que está del todo bien el incremento en los ingresos del presidente.

¿Están bien seguros que tendrá más necesidades que el resto de las Familias de las personas trabajadoras de este país? ¿No sienten quienes asesoran al presidente que están pasando por alto a sus principales contribuyentes y generadores de la riqueza de nuestro querido México?

No olvidemos que de las contribuciones sale el sueldo de cada uno de los funcionarios públicos y que lo son, para servir, no para servirse.

 

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