Proponen que tener trabajo no sea motivo para negar o quitar pensión alimenticia a padres cuidadores en BCS

La Paz, BCS.- Tener un empleo remunerado no sería motivo suficiente para negar o cancelar una pensión alimenticia a padres cuidadores de los hijos en Baja California Sur, de aprobarse una iniciativa de reforma al Código Civil presentada ayer jueves ante el Congreso del Estado por la diputada de Morena, María Cristina Contreras Rebollo.

La propuesta busca proteger a las personas que, a pesar de contar con un trabajo, no perciben ingresos suficientes para cubrir sus necesidades básicas, particularmente a madres y padres que tienen bajo su responsabilidad el cuidado de sus hijos.

Actualmente, el artículo 305 D del Código Civil estatal establece que, durante un proceso de divorcio, el cónyuge que se ocupa del cuidado de los hijos puede recibir alimentos provisionales siempre que no desempeñe un trabajo remunerado.

La legisladora plantea eliminar esa condición y sustituirla por un criterio económico: que los ingresos y recursos propios de la persona sean insuficientes para satisfacer sus necesidades alimentarias.

De esta manera, una madre o un padre que trabaja, pero cuyo salario no alcanza para cubrir sus necesidades, podría mantener el derecho a solicitar una pensión alimenticia durante el proceso de divorcio.

La iniciativa también contempla reformar el artículo 453 del Código Civil para establecer que contar con un empleo no sea, por sí solo, causa para negar o extinguir el derecho a recibir alimentos entre cónyuges o concubinos.

En su exposición de motivos, Cristina Contreras señala que tener trabajo no significa necesariamente contar con independencia económica, especialmente cuando las responsabilidades del hogar y el cuidado de los hijos limitan las posibilidades de acceder a empleos mejor remunerados.

La diputada destaca que esta situación afecta particularmente a las personas que combinan una actividad laboral con las tareas domésticas y de cuidado familiar, sean madres o padres, aunque reconoce que las mujeres suelen enfrentar mayores desventajas económicas por la distribución de estas responsabilidades.

Como sustento de la iniciativa, cita un criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que ha establecido que contar con un empleo no demuestra automáticamente que una persona tenga recursos suficientes para satisfacer sus necesidades.

Sin embargo, la propuesta no significa que cualquier persona con empleo pueda exigir una pensión alimenticia de manera automática.

Para determinar si existe ese derecho, deberán considerarse las necesidades económicas de quien solicita el apoyo y la capacidad de pago de quien tiene la obligación de proporcionarlo.

La iniciativa tampoco modifica el derecho de los hijos a recibir alimentos, ya que las reformas se concentran en la situación económica de la madre o el padre que se encarga de su cuidado y en las obligaciones alimentarias entre parejas.

Con esta propuesta, presentada durante la sesión de ayer jueves 15 de octubre, se busca evitar que una persona pierda la protección alimentaria únicamente por incorporarse al mercado laboral, cuando sus ingresos todavía resulten insuficientes.

La iniciativa deberá seguir el procedimiento legislativo correspondiente antes de que las modificaciones puedan entrar en vigor en Baja California Sur.

Staff
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