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Reforma a Ley de Hacienda de Los Cabos: incrementan derecho ambiental e incluyen nuevos sujetos obligados… y sube ISABI

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En próximos días ante el pleno del Congreso del Estado se presentará una agresiva reforma fiscal a través de la Ley de Hacienda del Municipio de Los Cabos, que además de incrementar el pago de Derecho al Saneamiento Ambiental que hoy pagan huéspedes de hotel y de plataformas digitales, agrega como sujetos obligados a los clientes de bares y restaurantes, rentas de carros y embarcaciones deportivas y recreativas; así como el incremento de un 1% al Impuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles.

Sin pasar por el Cabildo de Los Cabos, la propuesta saltó directamente al Congreso del Estado, en una iniciativa presentada por la diputada Gabriela Montoya (PT, Los Cabos); Karina Olivas (PT, La Paz); Arlene Moreno (PT, La Paz); Omar Torres (PT, Los Cabos); Fernando Hoyos (PT, Comondú); y Eduardo Vanwormer (Morena, La Paz).

Cabe mencionar que en el espacio de opinión de este diario en línea el 28 y 29 de octubre del presente año, se dio a conocer de la propuesta del Gobierno Municipal de un impuesto del 10% al consumo en bares y restaurantes a partir de 200 pesos de cuenta; así como el incremento de un punto porcentual del 2 al 3%.

Hoy dicha propuesta se ve materializada en una e INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO MEDIANTE LA CUAL SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE HACIENDA PARA EL MUNICIPIO DE LOS CABOS, BAJA CALIFORNIA SUR que presentan ante el pleno los diputados señalados y cuyo texto obra en poder de HOY BCS y se puede descargar en el siguiente link para su consulta y análisis:

https://hoybcs.com/wp-content/uploads/2024/12/VIIPUNTO.pdf

En resumen, la propuesta va enfocada a incrementar los ingresos propios del Municipio de Los Cabos, mediante dos instrumentos fiscales:

1.- DERECHO DE SANEAMIENTO AMBIENTAL

– Incrementa del 35 al 70% del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización el cobro que se hace por este concepto por habitación a los usuarios de cuartos y/o habitaciones de hoteles, posadas o casas de huéspedes, hostales y moteles.

– A los usuarios de hospedaje a través de plataformas digitales como Airbnb, se les impone una tasa del doble del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización por cada casa o departamento ocupado.

Y se incluye como nuevos sujetos de pago de este derecho:

a) Las personas que renten automóviles en el municipio, con una tasa del 50% del valor diario Unidad de Medida y Actualización (exceptuando contratos de arrendamiento financiero o de arrendamiento con opción de compra).

b) Las personas que renten embarcaciones marítimas recreativas y/o deportivas, con una tasa del 50% del valor diario Unidad de Medida y Actualización.

c) Los consumidores en bares y restaurantes con un monto del del 10 %del valor diario de la Unidad de Medida de Actualización en consumos que sean superiores a 4 Unidades de Medida y Actualización (es decir, en este punto modificó a la propuesta inicial de 10% a cuentas superiores del 200 pesos a 10% a cuentas superiores de más de 400 pesos, para no afectar a pequeños comercios gastronómicos como taquerías).

Esta medida abarca a clientes de: cantinas, cervecerías, discotecas, cabarets, centro nocturnos, centros botaneros, bares, anexo de bar, micro-cervecerías, Pub de cerveza artesanal, restaurantes, cafés, salones de billar o boliche, coctelerías, fondas, loncherías o cenadurías.

2.- ISABI
En el caso del Impuesto Sobre la Adquisición de Bienes inmuebles que se paga por todas las operaciones de compra-venta de casas y terrenos en Los Cabos, la propuesta de reforma hacendaria para el Municipio de Los Cabos, incrementa el impuesto del 2 al 3%, con consideraciones a transacciones de casas de interés social, así como donaciones o sucesión entre cónyuges o familiares de línea directa.

En este respecto, el documento señala textual:

“Se propone incrementar a 3 por ciento del valor de la operación la tasa del impuesto sobre adquisición de inmuebles, previa la reducción en 5 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, elevado al año, sin demérito de la particularidad de la rendición aplicable a la compra de casa habitación de interés social, y a 1.5 por ciento del valor del inmueble, después de reducirlo en 10 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, elevado al año, tratándose de adquisiciones por donación o sucesión entre cónyuges o parientes en línea directa ascendente o descendente”.

Finalmente, en diversas partes del documento se establece el destino de los recursos adicionales para el Municipio de Los Cabos por la reforma hacendaria:

“Con la reforma se prevé que con el derecho de saneamiento ambiental que se cause se contribuya a propiciar el desarrollo sustentable, la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección ambiental, a través de la ejecución de obras relacionadas a la mejora del espacio público y la conservación y mantenimiento de playas; el tratamiento integral de residuos sólidos urbanos; el mantenimiento y la mejora del alumbrado público para incidir en la mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero y la eficiencia energética; el tratamiento de aguas residuales y la potabilización de agua para consumo humano; así como la ejecución de acciones de movilidad que mejoren el traslado de las personas y disminuyan las emisiones contaminantes que se encuentran en el entorno del territorio municipal”.

Y en el caso del ISABI, “ésta contribución es relevante para la generación de ingresos a favor de los entes públicos vinculados a la prestación de los servicios para el funcionamiento esencial de la comunidad, como el agua potable y alcantarillado; la limpia, recolección y tratamiento de residuos sólidos; la seguridad pública, la infraestructura de comunicación terrestre y los mercados, entre otros”.

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