Unifican reglas sobre polarizados en BCS; fijan límite de hasta 20%

El Congreso del Estado aprobó una reforma para regular el uso de polarizados en vehículos y unificar criterios en la aplicación de la Ley de Tránsito Terrestre de Baja California Sur, con el objetivo de eliminar interpretaciones discrecionales y diferencias entre reglamentos municipales.

De acuerdo con el dictamen avalado, los vidrios de los vehículos podrán utilizar películas de control solar con un límite de hasta 20% de transmisión de luz visible hacia el interior, disposición que será obligatoria en todo el estado y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado.

La reforma fue presentada por la Comisión de Comunicaciones, Transportes, Movilidad y Seguridad Vial de la XVII Legislatura, integrada por los diputados Sergio Huerta Leggs, presidente, y Omar Torres Orozco y Sergio Polanco Salaices, secretarios. El dictamen se construyó a partir de un análisis de derecho comparado entre reglamentos municipales, legislación federal y normas oficiales mexicanas.

El Congreso determinó que se respetará el oscurecimiento instalado de fábrica por los fabricantes de vehículos, siempre que cumpla con los parámetros establecidos en la nueva disposición.

Excepciones por razones médicas

La legislación también contempla excepciones médicas. La graduación de la película solar podrá exceder el 20% en vidrios laterales y traseros cuando exista una justificación médica, la cual deberá ser debidamente acreditada mediante certificado emitido por un especialista.

Asimismo, el dictamen precisa que las autoridades de tránsito deberán utilizar instrumentos autorizados y certificados para medir la graduación del polarizado, con el fin de garantizar una aplicación objetiva de la norma.

En el caso del vidrio frontal, se mantiene la prohibición de su oscurecimiento, permitiendo únicamente una franja superior de hasta veinticinco centímetros de ancho en el parabrisas. No obstante, se exceptuarán los vehículos de personas que acrediten padecimientos médicos o enfermedades de la piel que se agraven con la exposición al sol; a estos conductores se les expedirá un distintivo oficial para su vehículo.

La reforma modifica y adiciona el artículo veintitrés de la Ley de Tránsito Terrestre del estado y deriva de una iniciativa ciudadana presentada a través del diputado Venustiano Pérez Sánchez, impulsada por observaciones de automovilistas que denunciaron criterios contradictorios entre municipios y una interpretación errónea de la ley vigente, que había generado sanciones desiguales.

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