La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a conocer en un comunicado este martes 13 de junio un resolutivo que derivado de impugnaciones formuladas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en el que reconoce a las infancias y adolescencias trans e invalida una disposición del Código civil de Baja California Sur.
Esta resolución ocurre, por coincidencia, justamente en el momento en el que se acaba de mandar a la “congeladora” del Congreso del Estado de Baja California Sur, la denominada “Ley de Infancias Trans”, una iniciativa ciudadana que ha sido impulsada por los colectivos de la comunidad LGBTTTIQ+ “Trans BCS” y “Codisex Los Cabos” y que ha generado muchas opiniones en contra de grupos religiosos.
Aunque los colectivos han trabajado en hacer valer los derechos humanos de las personas LGBTTTIQ+, esta impugnación fue presentada por la CNDH el pasado 31 de julio del 2021 y ahora será una alternativa distinta para garantizar el reconocimiento de la identidad de género en los menores de 18 años. .
En las determinaciones que hizo el pleno de la SCJN se invalida la porción “mayores de edad”, del primer párrafo del artículo 144 Ter, del Código Civil para el Estado de Baja California Sur, el cual preveía que solo las personas mayores de edad que requirieran el reconocimiento de su identidad de género podrían pedir el levantamiento de una nueva acta de nacimiento.
Consideraron que esta disposición del Código Civil que impedía de manera absoluta que las niñas, niños y adolescentes pudieran acceder al procedimiento para modificar sus actas de nacimiento era violatorio de su derecho a que se les reconozca su identidad de género autopercibida.
Esta sentencia de la Corte entrará en vigor 12 meses después de que se les notifique al Congreso del Estado, por lo que tendrán que legislar, quieran o no, para que se les reconozca su identidad de género a los menores de edad.